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Se viene otro juicio contra Carlos Hugo Martínez, el médico ginecólogo que el año pasado fue condenado a 17 años de prisión por abusar sexualmente de 14 sanjuaninas. Este último proceso que tiene en puerta es por el ultraje contra una joven jachallera, que lo denunció el año pasado. El fiscal interviniente pidió que se de por concluida la etapa de instrucción y que la causa sea elevada a juicio.

El pedido de elevación a juicio lo hizo el fiscal Alfredo Sohar Aballay ante el juez Javier Alonso, a cargo de la Segunda Circunscripción Judicial de San Juan con asiento en Jáchal. Y tiene como único acusado al médico ginecólogo Carlos Hubo Martínez, de 63 años y oriundo de La Rioja, quien actualmente cumple condena en el penal de Chimbas.

El caso fue denunciado el año pasado por una joven que hoy tiene 23 años y que aseguró que fue sometida sexualmente por Martínez durante una consulta médica en 2017, aseguró un vocero judicial. De acuerdo a las fuentes, la chica estaba embarazada y concurrió al consultorio que el ginecólogo tenía en una clínica médica situada a dos cuadras de la plaza central de Jáchal. La víctima también aseguró que el médico le dijo unas palabras con fuerte connotación sexual y después, con la excusa de examinarla, utilizó sus dedos para abusar sexualmente de ella.

El juez Alonso procesó a Martínez por ese hecho, calificado como abuso sexual con acceso carnal. Y ahora es el fiscal Alfredo Sohar Aballay el que pide que cierre la instrucción y eleve la causa a juicio contra el ginecólogo.

Esta es la décimo quinta causa contra el médico Martínez. En diciembre último, el juez Juan Carlos Peluc Noguera de la Sala II de la Cámara en lo Penal y Correccional condenó al ginecólogo a la pena de 17 años de prisión por los abusos sexuales cometidos contra 14 sanjuaninas. Fue a través de un juicio abreviado en el cual el profesional admitió su responsabilidad en todos estos hechos, que tuvieron como víctimas a mujeres de distintas edades, incluso a una chica de 13 años, y que en algunos casos sufrieron acceso carnal. Siete de esos casos fueron calificados como gravemente ultrajantes, agravados además por el grave daño en la salud de las víctimas. El resto de los delitos se consideraron abusos gravemente ultrajantes y abusos simples, según fuentes judiciales.

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