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La Administración Nacional de la Seguridad Social dio acceso a una nueva inscripción para aquellos cuya solicitud fue rechazada. Mirá cómo corregir o actualizar datos para cobrar el bono de 10 mi.

La Atención Virtual del Ingreso Familiar de Emergencia es el nuevo sistema que da acceso a la nueva inscripción para que aquellos cuya solicitud fue rechazada puedan corregir y/o actualizar datos en la ANSES y así cobrar el bono de $10.000 dispuesto, entre otros, para monotributistas A y B.

La Atención Virtual para que los rechazados se anoten nuevamente en el Ingreso Familiar de Emergencia será por orden de finalización del DNI.

El lunes 27 de abril le corresponde la Atención Virtual a los DNI finalizados en 1.

Acceso a la atención virtual

Para realizar el trámite hay que ingresar a la página web del organismo y dirigirse a la sección Atención Virtual , cuya atención está habilitada entre las 8 y las 16 horas. Cabe aclarar que el acceso a la página debe realizarse según la terminación del DNI.

Además, el sistema sólo permite un máximo de 25.000 trámites diarios por razones operativas, por lo que dejará de recibir solicitudes en cada jornada en que se supere esa cantidad.

Para ingresar, hay que seguir el siguiente cronograma:

DNI terminados en 0: miércoles 22 y jueves 23 de abril

DNI terminados en 1: viernes 24 y lunes 27 de abril

DNI terminados en 2: martes 28 y miércoles 29 de abril

DNI terminados en 3: jueves 30 de abril y lunes 4 de mayo

DNI terminados en 4: martes 5 y miércoles 6 de mayo

DNI terminados en 5: jueves 7 y viernes 8 de mayo

DNI terminados en 6: lunes 11 y martes 12 de mayo

DNI terminados en 7: miércoles 13 y jueves 14 de mayo

DNI terminados en 8: viernes 15 y lunes 18 de mayo

DNI terminados en 9: martes 19 y miércoles 20 de mayo

Debés ingresar con tu número de CUIL y Clave de la Seguridad Social. Si no contás con Clave podés generarla en el momento.

Para qué sirve la Atención Virtual

Solo para que aquellos cuyo Ingreso Familiar de Emergencia fue rechazado puedan actualizar datos personales en la ANSES.

A través del sistema de Atención Virtual se puede, por ejemplo, presentar la documentación para acreditar cambio de domicilio, estado civil o fecha de nacimiento.

Quiénes no necesitan reinscribirse en la Atención Virtual

La ANSES va a revisar sin necesidad de que se vuelvan a inscribir los casos de quienes perdieron su empleo durante febrero y marzo, como así también los casos de personas que perciben un plan social alimentario provincial.

Requisitos para la inscripción en el Ingreso Familiar de Emergencia

El bono de $10.000 se le otorga a:

– Trabajadores y trabajadoras informales.

– Trabajadores y trabajadoras de casas particulares (empleadas domésticas).

– Monotributistas sociales.

– Monotributistas de las categorías A y B.

Esas personas deben:

– Ser argentino nativo o naturalizado y residente, con una residencia legal en el país no inferior a 2 años.

– Tener entre 18 y 65 años de edad.

– Que el titular o su grupo familiar no tenga ingresos provenientes de:

> un trabajo en relación de dependencia en el sector público o privado.

> ser monotributista de categoría C o superior, o del régimen de autónomos.

> una prestación de desempleo.

> jubilaciones, pensiones o retiros contributivos o no contributivos nacionales, provinciales, municipales o de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.

> planes sociales, salario social complementario, Hacemos Futuro, Potenciar Trabajo u otros programas sociales nacionales, provinciales o municipales.

El IFE es compatible con el cobro de la Asignación Universal por Hijo, la Asignación por Embarazo y el programa Progresar.

¿Puede cobrar el IFE un menor de 25 que tiene el mismo domicilio que sus padres trabajadores o jubilados?

Sí, pero para hacerlo, deberá acreditar un domicilio de residencia diferente, salvo que tenga un hijo. En ese caso su «grupo familiar» será diferente al de sus padres aún teniendo el mismo domicilio que ellos.

¿Qué pasa si me separé y todavía figuro como casado en la ANSES?

Para casos como éste se habilitó la Atención Virtual. También en caso de baja de convivencia.

Qué ingresos y bienes considera ANSES para rechazar un trámite por IFE

Se denegará la solicitud si el solicitante o algún miembro del grupo familiar:

Tuvo ingresos en los últimos 6 meses en un promedio mensual superior a 2 veces el Salario Mínimo Vital y Móvil.

Realizó gastos y/o consumos con tarjetas de crédito y/o débito que superen en más del 70% de los ingresos calculados de acuerdo al punto anterior.

Obtuvo rentas financieras por un monto superior a $ 66.917 para el período fiscal 2018.

Declaró en el Impuesto sobre Bienes Personales un importe 4 veces superior al importe anualizado del primer punto, y/o la tenencia de automotores por un valor de 1,5 veces el importe anualizado del primer punto, y/o la tenencia de bienes informados por la Administración Nacional de Aviación Civil, y/o la tenencia de embarcaciones.

Monotributistas y Autónomos

Si sos monotribustista A o B y tenés deuda en AFIP por falta de pago no es un motivo de rechazo de la solicitud.

Si sos monotributista C o superior, o estás inscripto/a como Autónomo, no se aceptará tu solicitud de IFE.

Si te diste de baja como monotributista o autónomo y así consta en las bases de datos de AFIP, se analizará tu preinscripción para ver si cumplís con el resto de los requisitos.

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