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La Casa de San Juan tuvo el honor y el privilegio de recibir a los directores de las Casas de Provincias de todo el País para llevar adelante el encuentro de la Confederación de Representaciones Oficiales de Casa de Provincia (CONFEDRO). En esta oportunidad contamos con la presencia del presidente de Cruz Roja Argentina, Diego Tipping y otras autoridades para trabajar juntos e impulsar y apoyar la #LeyCruzRoja.

En cada país, Cruz Roja cuenta con una ley que protege su nombre y su emblema. En Argentina esa ley es del año 1893 (Ley Nro. 2976) y, por ser anterior a la adopción de los Convenios de 1949 y los Protocolos adicionales de 1977 y 2005, no es acorde con los estándares exigidos por los Tratados Internacionales de DIH de los que nuestro país es Estado Parte.

La cruz roja, la media luna roja y el cristal rojo son emblemas protegidos por el Derecho Internacional, quedando prohibido el uso no autorizado de los mismos. La responsabilidad en lo que refiere a la autorización para utilizar los emblemas incumbe al Estado, debiendo reglamentar su uso. El sostenimiento de Cruz Roja Argentina no está respaldado por el Estado, dependiendo su financiamiento de los aportes de la sociedad civil.

El subsidio a favor de Cruz Roja Argentina contemplado en el proyecto de Ley dispone la ayuda económica necesaria para el correcto equipamiento y formación de sus recursos humanos a los efectos de optimizar la prestación de los servicios y cargas públicas en forma gratuita a toda la población, ante situaciones de emergencias y/o catástrofes, y para su actividad humanitaria en general, garantizando todos los sistemas de rendición de cuentas y auditoria de los mismos.

Esta ley permitirá regular, fortalecer y proteger el nombre, uso y señales distintivas de Cruz Roja Argentina, así como las actividades que desarrolla la organización y su voluntariado.

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