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A partir de este domingo rigen los nuevos valores de los combustibles en San Juan bajo la bandera de YPF. En comparación a marzo pasado, hubo un incremento del 4 por ciento y de esta forma elevó el precio de la Infinia de 249.60 pesos que estaba el 16 del mes pasado a 262,70 pesos que está ahora.

Esto trae aparejado una suba de los valores de las multas que se computan con relación a los precios del combustible de máxima categoría. Vale destacar que si la persona asiste al Juzgado de Faltas dentro de los 30 días posteriores al labrado de la multa, se le aplica un descuento, de lo contrario, fuera de ese plazo la multa se deberá abonar completa.

Vale destacar que el Senado de la Nación aprobó la semana pasada, y convirtió en Ley, un proyecto que modifica la Ley de Tránsito y ordena la llamada «tolerancia cero» para el consumo de alcohol de los conductores de vehículos de motor de cualquier tamaño y peso. La iniciativa prohíbe conducir cualquier tipo de vehículos con una alcoholemia superior a cero miligramos por litro de sangre.

A continuación los valores de cada multa

– Conducir vehículos en estado de intoxicación alcohólica o bajo la acción de estupefacientes o medicamentos que disminuyan la aptitud para conducir:

  • Motos: 150 UF: 39.405 pesos (en marzo del 2023 era de 37.440 pesos)
  • Automóviles: 250 UF: 65.675 pesos (en marzo de 2023 era de 62.400 pesos)
  • Camionetas o furgones: 300 UF: 78.810 pesos (en marzo del 2023 era de 74.880 pesos)
  • Camiones 400 UF: 105.080 pesos (en marzo del 2023 era de 99.840 pesos)
  • Vehículo de transporte público de pasajeros: 600 UF: 157.620 pesos  (en marzo del 2023 era de 149.760 pesos)

– No permitir a la autoridad de aplicación el control sobre la ingesta de alcohol o estupefacientes luego de cometida una infracción: 150 UF: 39.405 pesos

– Darse a la fuga o pretender fugar, o eludir autoridad interviniente en un operativo de control, o negarse a suministrar en tal circunstancia los datos esenciales de licencia de conductor: 200 UF: 52.540 pesos

– Violar las disposiciones de la autoridad policial, fuerza de seguridad, funcionario público en función de control de tránsito, o las dadas por aparatos mecánicos indicativos de tránsito: 150 UF: 39.405 pesos

– Ser parte de un accidente de tránsito y no denunciarlo ante cualquier autoridad de control: 150 UF: 39.405 pesos

– Conducir vehículos a velocidad peligrosa: 250 UF: 65.675 pesos

– Violar los límites de velocidad señalizados o fijados en normas de tránsito: 250 UF: 65.675 pesos

– Competir en velocidad o regularidad con otro vehículo en la vía pública: 250 UF: 65.675 pesos

– Conducción de vehículos sin estar habilitados, o con registro vencido, o estando suspendida la habilitación o inhabilitados por autoridad judicial:

  • Motos: 150 UF: 37.440 pesos
  • Automóviles: 250 UF: 65.675 pesos
  • Camionetas o furgones: 300 UF: 78.810 pesos
  • Camiones 400 UF: 105.080 pesos
  • Vehículo de transporte público de pasajeros: 600 UF: 157.620 pesos

– Al propietario o responsable de un vehículo que permita la conducción del mismo a personas no habilitadas, o menores de 16 años se aplicará:

  • Motos: 150 UF: 39.405 pesos
  • Automóviles: 250 UF: 65.675 pesos
  • Camionetas o furgones: 300 UF: 78.810 pesos
  • Camiones 400 UF: 105.080 pesos
  • Vehículo de transporte público de pasajeros: 600 UF: 157.620 pesos.

 

fuente: DLPSJ

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