Spread the love

Con un nuevo Ingreso Familiar de Emergencia (IFE 4) en análisis, la Administración Nacional de Seguridad Social (Anses) entrega un pago extraordinario de hasta $35.312 a algunas personas con el objetivo de continuar con la asistencia a las familias más afectadas por los efectos económicos de la pandemia de coronavirus (Covid-19).

La medida apunta a personas que estén en relación de dependencia y que sean titulares de la ley de riesgos de trabajo, titulares de la AUH, de la prestación por desempleos, jubilados y pensionados. De esta manera, los beneficiarios percibirán el pago por única vez y deberán realizar un trámite con simples pasos en Mi Anses para poder cobrarlo.

¿Quiénes cobran el bono de Anses?

  • Trabajadores en relación de dependencia
  • Titulares de la prestación de la ley de riesgos del trabajo
  • Titulares de la prestación por desempleo
  • Titulares de pensiones honoríficas de veteranos
  • Jubilados y pensionados

Requisitos para cobrar el extra de Anses

Para cobrar hasta los $35.312 que entregará el organismo dirigido por Fernanda Raverta,se tendrá en cuenta el ingreso familiar. El monto máximo por familia será de $210.278 y el máximo por cada integrante será $105.139.

Asignaciones de Pago Único de Anses con aumento: cuánto cobro

Existen tres líneas de Asignaciones de Pago Único de Anses:

  • Asignación por Nacimiento: $5.904
  • Asignación por Adopción: $8.841 por cada cónyuge. Es decir, que se cobra un total de $17.682.
  • Asignación por Matrimonio: un monto de $35.312.

Anses: ¿Cómo inscribirse para cobrar los 35.312 pesos?

El trámite es presencial con turno, pero durante el aislamiento social, preventivo y obligatorio este trámite se realiza mediante la presentación de documentación a través del sistema de Atención Virtual.

Asignación por Nacimiento

  • Partida de nacimiento.
  • Documento nacional de identidad recién nacido.
  • Para nacimiento en el extranjero:
  • Documento que acredite la identidad del recién nacido.
  • Partida de nacimiento (traducida) visada por el Consulado Argentino y legalizada por el Ministerio de Relaciones Exteriores.

Asignación por Matrimonio

  • Certificado de matrimonio.
  • Documento nacional de identidad del cónyuge.
  • Cuando se trate de segundo o posterior matrimonio: deberá acreditarse el divorcio con la Sentencia respectiva. En los casos de divorcio en el extranjero se requerirá la documentación en iguales condiciones que para acreditar el matrimonio.
  • En caso de corresponder adjuntar defunción de anterior cónyuge.

Asignación por Adopción

  • Partida de nacimiento, con mención de la adopción (nueva partida para adopción plena o partida con anotación marginal para adopción simple).
  • Testimonio de la sentencia de adopción.
  • Documento nacional de identidad con el nuevo apellido.
  • En el caso de adopción en el extranjero:
  • Documento que acredite la identidad del adoptado.
  • Partida de nacimiento y/o copia del acta mediante la cual se otorga la adopción, visada por el Consulado Argentino y legalizada por el Ministerio de Relaciones Exteriores.

Deja una respuesta

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados con *