Luego de la suba de combustibles del 4% de la petrolera Shell, este lunes se sumó a las subas la estatal YPF. La suba se hizo en el marco del acuerdo que las petroleras firmaron con el Gobierno nacional que implicaba una suba mensual progresiva entre diciembre y marzo. Esta decisión impacta en San Juan en el valor de las multas por infracciones de tránsito, que toma como referencia el precio del litro del combustible de máxima categoría. En este sentido, se toma el producto Infinia Premium.
Las estaciones de servicio de bandera oficial llevaron el valor de la nafta Infinia Premium a $227.90.
A continuación, así queda el valor de la multas de tránsito en San Juan:
– Conducir vehículos en estado de intoxicación alcohólica o bajo la acción de estupefacientes o medicamentos que disminuyan la aptitud para conducir:
Motos: 150 UF: 34.185 pesos
Automóviles: 250 UF: 56.975 pesos
Camionetas o furgones: 300 UF: 68.370 pesos
Camiones: 400 UF: 91.160 pesos
Vehículo de transporte público de pasajeros: 600 UF: 136.740 pesos
– No permitir a la autoridad de aplicación el control sobre la ingesta de alcohol o estupefacientes luego de cometida una infracción: 150 UF: 34.185 pesos
– Darse a la fuga o pretender fugar, o eludir autoridad interviniente en un operativo de control, o negarse a suministrar en tal circunstancia los datos esenciales de licencia de conductor: 200 UF: 45.580 pesos
– Violar las disposiciones de la autoridad policial, fuerza de seguridad, funcionario público en función de control de tránsito, o las dadas por aparatos mecánicos indicativos de tránsito: 150 UF: 34.185 pesos
– Ser parte de un accidente de tránsito y no denunciarlo ante cualquier autoridad de control: 150 UF: 34.185 pesos
– Conducir vehículos a velocidad peligrosa: 250 UF: 56.975 pesos
– Violar los límites de velocidad señalizados o fijados en normas de tránsito: 250 UF: 56.975 pesos
– Competir en velocidad o regularidad con otro vehículo en la vía pública: 250 UF: 56.975 pesos
– Conducción de vehículos sin estar habilitados, o con registro vencido, o estando suspendida la habilitación o inhabilitados por autoridad judicial:
Motos: 150 UF: 34.185 pesos
Automóviles: 250 UF: 56.975 pesos
Camionetas o furgones: 300 UF: 68.370 pesos
Camiones: 400 UF: 91.160 pesos
Vehículo de transporte público de pasajeros: 600 UF: 136.740 pesos
– Al propietario o responsable de un vehículo que permita la conducción del mismo a personas no habilitadas, o menores de 16 años se aplicará:
Motos: 150 UF: 34.185 pesos
Automóviles: 250 UF: 56.975 pesos
Camionetas o furgones: 300 UF: 68.370 pesos
Camiones: 400 UF: 91.160 pesos
Vehículo de transporte público de pasajeros: 600 UF: 136.740 pesos
Vale destacar que si la persona asiste al Juzgado de Faltas dentro de los 30 días posteriores al labrado de la multa, se le aplica un descuento, de lo contrario, fuera de ese plazo la multa se deberá abonar completa.
fuente: DLPSJ